Psychologist Papers is a scientific-professional journal, whose purpose is to publish reviews, meta-analyzes, solutions, discoveries, guides, experiences and useful methods to address problems and issues arising in professional practice in any area of the Psychology. It is also provided as a forum for contrasting opinions and encouraging debate on controversial approaches or issues.
Papeles del Psicólogo, 1987. Vol. (32).
AMALIO BLANCO
Universidad Autónoma de Madrid
En un rapto de optimismo chauvinista hubo algún psicólogo social que llegó a insinuar hace una veintena de años que el triunfo aliado en la Segunda Guerra Mundial le debía mucho a la investigación psicosocial. Y si bien esta afirmación es muy probable que no se ajuste a la objetividad de los hechos, no lo es tanto el que con motivo de la entrada en la contienda mundial de Estados Unidos, conocidos y prestigiosos psicólogos sociales abandonaron las aulas para entrar a colaborar con el Ministerio de Defensa.
I. FINES NO PACÍFICOS DE UN CONOCIMIENTO
Traemos esto a colación no con ánimo critico, sino como soporte a una reflexión en torno a la utilización del conocimiento científico para fines no pacíficos, en torno a la participación del psicólogo, como profesional de las ciencias de la conducta, en quehaceres que, en principio, parecen muy lejos del bienestar, la salud psíquica y la calidad de vida que, según el artículo 2.1. del Anteproyecto, deben ordenar el ejercicio de nuestra profesión; y lo traemos a colación aún a sabiendas de que de este modo de actuar se derivan legítimos intereses y compensaciones para los particulares.
Podríamos mencionar otros muchos hechos, algunos de naturaleza y dirección bien distinta y especialmente pertinente en este área de intervención. Podríamos recordar, por ejemplo, que en algunos países latinoamericanos los psicólogos comunitarios están viendo dificultada su labor porque ella atenta, se argumenta, contra el estatus quo, contra la estabilidad social cuando se habla de cambio social, un concepto central en la Psicología Comunitaria; o porque arremete, se dice, contra algún principio de la moral cuando se trata, por ejemplo, de planificación familiar; o simplemente porque pone en peligro los intereses, sean estos legítimos o no, de personas particulares.
Aquí la reflexión adquiere unos matices notablemente diferentes del caso anterior; aquí lo que cabe preguntarse es si el psicólogo en su quehacer profesional puede admitir como ético el que el bienestar, la salud psíquica, la calidad de vida y la plenitud del desarrollo de las personas está supeditado a imperativos morales de dudosa racionalidad, a leyes caprichosas o al pingüe interés particular.
Es cierto, y lo es prácticamente desde el siglo XVII, que nos encontramos dentro de la más pura filosofía utilitarista, hedonista e individualista, y es muy probable, además, que lo estemos para bien (no obstante, siempre conviene recordar que si bien todos somos iguales, hay unos que son o parecen más iguales que otros y que el bienestar de algunos se consigue a costa de la miseria de no pocas). Ello no obstante, los ejemplos anteriormente aducidos nos conducen a una serie de consideraciones generales especialmente pertinentes desde la perspectiva psicosocial y comunitaria en que nos encontramos.
Conviene recordar, muy en primer lugar, que el adjetivo "social" y "comunitaria" que poseen las Psicologías que aquí nos ocupan, no es un simple aditamento lingüístico, ni mucho menos se trata de un adorno caprichoso; más bien, por el contrario, definen y delimitan la propia naturaleza de ambas disciplinas y marcan la diferencia con otras aproximaciones igual de científicas y legítimas. Pero ambos a dos adjetivos, "social" y "comunitaria", hacen directa y expresamente referencia al hecho de que, tanto la Psicología Social como la Comunitaria, tienen que ver muy frecuentemente con entidades supra-individuales; que el cliente, por utilizar un término muy común, no suele ser, las más de las veces, un solo individuo, sino un grupo, una comunidad, un barrio, una institución, etc. lo social, en este sentido, se diferencia siempre, y muchas veces se contrapone, de lo puramente individual y éste no es un hecho que deba pasar precisamente desapercibido a la hora de elaborar un código deontológico para la profesión del psicólogo.
II. BIENES SOCIALES E INDIVIDUALES
Desde este punto de vista, el bienestar, la salud y la calidad de vida son, en considerable medida, un bien social, si bien su disfrute o su carencia hagan sentir su peso y su influencia en los individuos particulares. Lo son en su origen, y lo son, asimismo, en su consecución e incluso en sus posibles consecuencias.
En su origen, porque a partir de la concepción de la salud de la OMS, a partir de teorías tan significativas en la Psicología actual como la del "Locus of Control", o la indefensión aprendida, a partir de la Medicina Conductual y de la Psicología Comunitaria, resulta extraordinariamente comprometido hacer de los factores intrapsíquicos los únicos responsables de la salud y el bienestar y, mucho menos, de la calidad de vida. Pero es que, además, y por las mismas razones que defienden teorías anteriormente apuntadas, la conquista de estas metas a las que, repetimos una vez más, debe ir encaminado el ejercicio profesional del psicólogo, no siempre depende de las características y aptitudes del propio individuo, sino que la mayoría de las veces se vincula a factores estructurales de orden social, político o económico, a unos factores que superan con creces el nivel individual.
Es por ello por lo que una ética individualista, instalada en él utilitarismo subjetivo, defensora a ultranza de la satisfacción de las necesidades, gustos, inclinaciones y preferencias de los miembros individuales de la sociedad, difícilmente puede convertirse en principio de moralidad, en regente supremo del comportamiento humano y, por consiguiente, de su traducción deontológica.
Frente a la inclinación, el deber; frente al principio de la felicidad, el principio de la moral; frente a la empiria, la razón; frente al imperativo hipotético, el imperativo categórico; el placer, el interés o el dolor subjetivo, añadía el filósofo de Konigsberg, nunca puede ser sustento de la ley moral.
III. DEONTOLÓGIA DE CARACTER SOCIAL
Por consiguiente, frente a una ética individualista, la intervención psicosocial y comunitaria defiende una ética social que persigue el bienestar, la salud psíquica y la calidad de vida de grupos o comunidades de personas, aún a costa de alguno de ellos, dentro de los límites del respeto y el derecho a la diferencia, según el axioma de un conocido psicólogo comunitario. Frente a una deontología individualista, la Psicología Social y Comunitaria, apostaría por una deontología de marcado carácter social que podría traducirse en algunas consideraciones más particulares:
- El bienestar, la salud en general, la calidad de vida y la plenitud de desarrollo de las personas es un quehacer y una meta en la que, además del individuo y mucho más que e1 en la mayoría de los casos, asumen responsabilidades instancias socio-políticas y económicas.
- Por encima de los intereses, beneficios e incluso necesidades de las personas particulares, la intervención comunitaria ha puesto el bienestar social para cuya consecución no ha dudado en definir como uno de sus objetivos prioritarios el del cambio social, convirtiéndose el psicólogo comunitario en su principal agente.
- Habida cuenta de que la Psicología es también, y en un lugar nada desdeñable, una ciencia empírica (probablemente de distinta manera a como lo son otras ciencias empíricas), la investigación se convierte en uno de sus imperativos prácticos más importantes. Así, "los hechos" en Psicología no tienen como base valoraciones, creencias u opiniones personales y subjetivas, sino la comprobación empírica y sobre ella habría que empezar a fundamentar el imperativo ético en sentido weberiano.
- Si esto es así, la evidencia empírica debería prevalecer, desde una ética social, por encima de creencias u opiniones personales o carentes de contrastación empírica. Desde este punto de vista, la confirmación de hechos que atenten manifiestamente contra el bienestar de una colectividad podría ser motivo suficiente para su difusión, aún cuando ello atentara contra valores u opiniones y/o dañara intereses personales.
- Sería, por consiguiente, la comprobación de los hechos la que definiera la intervención psicosocial y comunitaria; una intervención que debe ir prioritariamente encaminada a la mejora del bienestar y la salud del ciudadano, evitando su manipulación con cualquier otro fin y procurando que su utilización se haga dentro de los cauces más estrictos de la deontología profesional.
- Se trata, asimismo, de una intervención para cuya puesta en práctica, a diferencia de lo que ocurre en otros casos dentro incluso de nuestro ejercicio profesional, no debe ser requisito imprescindible el consentimiento expreso de todos y cada uno de los miembros de la colectividad; más aún, desde una ética social, sería perfectamente lícita su puesta en marcha aún en contra de la opinión, creencias, valores o intereses particulares.
Desde los ámbitos de la Psicología Social y Comunitaria, pues, la elaboración de un código deontológico, vale decir, de unas normas de comportamiento profesional, sería éticamente improcedente sojuzgar "lo social" y "lo comunitario", y teóricamente impropio homologarlo con "lo individual". Por mucho que la circunstancia histórica en la que nos encontramos esté sujeta al imperio del individualismo y del utilitarismo hedonista, conviene de vez en cuando recordar aquello que escribiera Kant, precisamente corno contrapartida a teorías morales profundamente individualistas: "Lo francamente contrarío al principio de la moralidades cuando el principio de la felicidad propia se convierte en motivo determinante de la voluntad".